El cierre de hoja registral es un término que, aunque no es muy conocido fuera de los círculos empresariales y legales, puede tener un impacto significativo en el funcionamiento de una empresa. Aunque es una situación relativamente común y es reversible, tiene implicaciones importantes para las empresas, pymes, y autónomos.
Una de las causas del cierre registral pueden ser los impagos de impuestos. Recuerda por cierto que, si te encuentras ante un caso de morosidad y no sabes cómo exigir el pago de una deuda impagada, una buena solución es recurrir a los servicios especializados de reclamación de deudas que ofrecen empresas como PayPymes. Dicho esto, veamos qué es exactamente el cierre de hoja registral, qué consecuencias tiene para tu empresa… y qué soluciones hay.
¿Qué es el cierre de hoja registral?
El cierre de hoja registral es un procedimiento administrativo llevado a cabo por el Registro Mercantil. Este proceso se inicia cuando una empresa incumple con ciertas obligaciones legales, como, por ejemplo, el depósito de cuentas. El cierre de la hoja registral significa que dicha empresa no puede inscribir ningún documento (actos, contratos, etc) en el Registro Mercantil hasta que solucione el incumplimiento que ha motivado el cierre.
H2 – ¿Cuándo se produce el cierre de la hoja registral?
El cierre de la hoja registral ocurre generalmente como resultado del incumplimiento de obligaciones mercantiles, por ejemplo, el depósito de cuentas del registro mercantil de Madrid o cualquier otro registro mercantil. Si una empresa no presenta sus cuentas anuales dentro del año siguiente al cierre del ejercicio económico, el Registro Mercantil puede proceder al cierre de su hoja registral, lo que impide la inscripción de nuevos actos o contratos, aunque se permiten ciertas inscripciones específicas relacionadas con cambios administrativos o de gestión.
No obstante, aquí hemos de tener en cuenta que el Art. 378 del Reglamento del Registro Mercantil (RRM) establece como excepción que, si las cuentas de la empresa no se han presentado por no haber sido aprobadas por la Junta General, el cierre registral no se llevará a cabo siempre que se den las circunstancias marcadas por el reglamento.
La otra causa principal que motiva el cierre de hoja registral -y que ya mencionamos antes- es el impago de impuestos: ocurre cuando una empresa no paga sus impuestos durante tres años consecutivos, llevando a una baja provisional de la AEAT y, posteriormente, al cierre de la hoja registral por el registro mercantil.
¿En qué consiste el cierre provisional de la hoja registral?
El cierre provisional de la hoja registral, como su nombre indica, es temporal. Se lleva a cabo cuando el Registro Mercantil detecta irregularidades o faltas, incluyendo el cumplimiento de obligaciones fiscales (ejemplo: no presentar la declaración del Impuesto de Sociedades). Este cierre provisional actúa como un aviso y una oportunidad para que la empresa regularice su situación, siendo por tanto un período en el cual la empresa puede y debe actuar para evitar el cierre definitivo de su hoja registral.
¿Qué consecuencias tiene el cierre de la hoja registral?
Las consecuencias del cierre de la hoja registral son importantes y deben evitarse. La empresa verá limitada su capacidad para operar de manera normal. Por ejemplo, no podrá inscribir nuevos actos mercantiles, lo que puede afectar acuerdos comerciales, operaciones de crédito, o incluso la imagen de la empresa frente a inversores y entidades bancarias. Además, este cierre puede ser un indicativo de problemas financieros o administrativos que deben abordarse con urgencia.
Otra de las consecuencias del cierre de la hoja registral son las sanciones económicas impuestas por el Instituto Nacional de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC). Estas multas varían según el tamaño de la empresa, pero pueden ir desde los 1.200 hasta los 60.000 euros, llegando incluso hasta multas de 300.000 euros en el caso de empresas con una facturación anual superior a los 6 millones de euros.
¿Cómo volver a abrir la hoja registral?
Para revertir esta situación, la empresa debe cumplir con las obligaciones que originaron el cierre. Una vez regularizada la situación, se puede solicitar la reapertura de la hoja. La solución al cierre de la hoja registral dependerá por tanto de su causa:
- Por no depositar las cuentas anuales: para resolver esta situación y reabrir la hoja registral, es necesario preparar y depositar las cuentas anuales de los tres últimos ejercicios económicos previos al que se desea depositar.
- Por no declarar el Impuesto de Sociedades: para reabrir la hoja registral, primero se deben presentar todas las declaraciones pendientes del Impuesto de Sociedades y saldar cualquier deuda con la AEAT. Luego, se debe redactar y enviar un documento a la AEAT solicitando el reingreso en el Índice de Entidades. Hecho esto, la AEAT informará al Registro Mercantil, permitiendo así la reapertura de la hoja registral.
En resumen, el cierre de hoja registral es un asunto de vital importancia para cualquier empresa que no solo afecta a su operatividad y a su imagen corporativa, sino que también puede ser un indicador de problemas más profundos. Es fundamental por tanto cumplir con las obligaciones y ponerse en manos de profesionales ante este tipo de situaciones. También afecta si alguno de tus clientes o potenciales clientes se encuentran es esta situación, por lo que si ese es tu caso o tienes algún problema con deudas e impagos que amenazan la salud financiera de tu empresa, en PayPymes llevamos más de 20 años ayudando a todo tipo de empresas, pymes y autónomos a recuperar lo que es suyo y a protegerles frente a morosos.