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Un juicio verbal es un procedimiento que se utiliza para resolver litigios civiles entre partes que, ya sea por sus características o por la cuantía de las cantidades en litigio, no cuentan con un procedimiento especial. El procedimiento verbal se caracteriza por ser relativamente sencillo y rápido, y es una de las fórmulas más habituales para resolver disputas sobre deudas de poca cuantía.

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¿Qué es un juicio verbal?

De acuerdo a la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), un juicio verbal es un procedimiento judicial que se utiliza en litigios de carácter civil que no requieran prueba pericial y cuya cuantía sea inferior a 6.000 euros. Este tipo de juicios se caracterizan por su sencillez, bajo coste y rapidez, ya que el procedimiento dura entre 1 y 3 meses. No obstante, a pesar de su nombre “verbal”, lo cierto es que en la mayoría de las ocasiones se tramitan únicamente por escrito.

¿Cuáles son los trámites del juicio verbal?

A grandes rasgos, un juicio verbal consta de las siguientes fases:

  1. Presentación de la demanda: normalmente, ante el Tribunal de Primera Instancia que corresponda al domicilio del demandado. En el escrito de demanda se recogen tanto los datos personales de demandante y demandado, como la pretensión, la cantidad reclamada, y todos los medios probatorios con los que se cuente para defender esa demanda.
  2. Admisión y traslado: tras examinarse la demanda y admitirse, se da traslado al demandado para que conteste por escrito en 10 días, so pena de ser declarado en rebeldía.
  3. Contestación: en su escrito, el demandado debe indicar si considera necesario la celebración de una vista; a su vez el demandante dispone de 3 días para solicitar una vista si fuera necesaria.
  4. Vista: el tribunal decide si estima conveniente o no realizar una vista; si fuera así y el demandante no asistiese se desestimaría la demanda, mientras que si es el demandado el que no asiste se considera una admisión explícita de la demanda. Pueden ocurrir dos circunstancias:
    • Juicio verbal sin vista: el tribunal dicta directamente sentencia.
    • Juicio verbal con vista: las pruebas se proponen en la vista, y los litigantes deben acudir con las que tengan. Si se quieren citar testigos, deben solicitarse en los 5 días siguientes a la citación.
  5. Sentencia: tras la vista, el tribunal dicta sentencia en plazo máximo de 10 días.
  6. Recursos: sólo es posible recurrir en sentencias por juicio verbal en las que la cuantía demandada sea superior a 3.000 €; en caso contrario, la sentencia es firme y no admite recurso.
  7. Ejecución de la sentencia: Una vez firme la sentencia, se puede solicitar su ejecución transcurridos veinte días (hábiles) desde su notificación al condenado al pago, sin que haya habido pago voluntario.
Pese a que hablamos de un procedimiento rápido y que busca la sencillez, nuestra recomendación es siempre buscar el asesoramiento de un abogado, especialmente cuando hay que lidiar con juicios por impagos y deudas. Recuerda que en PayPymes contamos con más de dos décadas de experiencia asesorando con éxito a miles de clientes.

¿Qué se puede reclamar en un juicio verbal?

Es posible realizar un juicio verbal cuando la cuantía de la demanda a presentar sea inferior a 6.000 euros, y no sea por ninguno de los casos para los que es obligatorio un juicio ordinario. Además, el Art. 250 de la LEC contempla también el procedimiento verbal para otras circunstancias, como por ejemplo:

¿Cuánto se cobra por un juicio verbal?

En el caso de las personas físicas, estás están exentas de pagar tasas judiciales. Para el resto de casos, por norma quedan exentos del pago de tasas cuando la cantidad demandada es inferior a 2.000 euros. Respecto al coste de un abogado, por lo general un letrado suele cobrar una cantidad fija de unos 150 euros a la que se añade otra cantidad que varía en función de la cuantía que se reclame. Nuestro consejo: contacta directamente con nosotros, para que podamos evaluar tu caso y ofrecerte un presupuesto con 0 compromiso. En PayPymes buscamos siempre ayudar a nuestros clientes, adaptándonos a sus necesidades y comprometiéndonos con su caso, con la transparencia y la honestidad como pilares de nuestro trabajo.

¿Necesito abogado para un juicio verbal?

Para un juicio verbal por materia (civil, penal, laboral, familia, etc) es obligatorio contar con abogado y procurador. Para un juicio verbal por deuda o cuantía, depende de la cantidad demandada:

Aunque en un juicio verbal por menos de 2.000 euros no sea obligatoria contar con la asistencia de un letrado, por experiencia nuestra recomendación es que, siempre que tengas que lidiar con este tipo de trámites judiciales -y muy especialmente cuando hablamos de reclamar deudas e impagos- contactes con un buen abogado para que te guíe y asesore durante todo el proceso.

En PayPymes llevamos más de 20 años ayudando a nuestros clientes a lidiar con deudas y morosos, consiguiendo que recuperen su dinero. ¿Aún no has hablado con nosotros?

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